Hoy, 1 de octubre de 2026, entra en vigor la Orden Ministerial que activa oficialmente el cómputo de plazos de la Ley Crea y Crece para la factura electrónica B2B en España. Es la fecha que llevábamos meses esperando: a partir de hoy, el calendario deja de ser una previsión y se convierte en una obligación con fechas concretas.
El calendario definitivo, en dos plazos
- Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de facturación anual: 12 meses de plazo → obligatorio emitir y recibir facturas electrónicas estructuradas desde el 1 de octubre de 2027
- Resto de empresas, pymes y autónomos: 24 meses de plazo → obligatorio desde el 1 de octubre de 2028
Qué cambia realmente
No es solo un cambio de formato. El PDF enviado por correo desaparece como método válido. Las facturas deberán emitirse en formatos estructurados (UBL como referencia principal, junto a CII, EDIFACT y Facturae), alineados con la norma europea EN 16931, y cada una deberá incluir un código único identificador. Además, habrá que comunicar electrónicamente la aceptación, el rechazo y el pago efectivo de cada factura en un máximo de 4 días naturales.
Por qué no deberías esperar a 2028 si eres pyme
Aunque el plazo legal para pymes llega en 2028, tus clientes y proveedores grandes empezarán a exigir facturación estructurada ya en 2027. Adaptarte antes no es solo cumplir la ley: es no quedarte fuera de las cadenas de suministro de las empresas que sí tienen que cumplir antes que tú.
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